Sociedad: Bienestar
Seguridad Social



Seguridad Social:
La competencia en materia de Seguridad Social está atribuida al Ministerio de Sanidad y Consumo, al Ministerio de Trabajo e inmigración y al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte. En la práctica, la gestión de la Seguridad Social se lleva a cabo a través de entidades gestoras, servicios comunes y organismos autónmos adscritos a uno u otro Ministerio, así como por entidades colaboradoras. Las entidades gestoras, que tienen como finalidad administrar y gestionar la Seguridad Social son: El Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y el Instituto Social de la Marina. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene atribuido el reconocimiento y control del derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Servicio Público de Empleo Estatal en materia de prestación de protección por desempleo. También le compete el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria. Con el fin de conseguir una mayor eficacia en la gestión se establecen tres Servicios comunes: Tesorería, Gerencia de Informática y Servicio Juridico.

Para aplicar adecuadamente los beneficios a quienes se dedican a determinadas actividades se crean los regímenes especiales. El origen de su tratamiento especial proviene de la naturaleza, peculiares condiciones de tiempo y lugar o por la índole de los procesos productivos. Los regímenes especiales son el agrario, trabajadores del mar, autónomos, empleados de hogar, minería del carbón, funcionarios públicos, civiles o militares y estudiantes. Se entiende por acción protectora del sistema de la Seguridad Social el conjunto de prestaciones y medidas con las que prevenir, ayudar y/o remediar determinadas contingencias.

Mutuas:
Las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son asociaciones voluntarias de empresarios, de responsabilidad mancomunada y dotadas de personalidad jurídica, que, sin ánimo de lucro, tienen por objeto colaborar en la gestión de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y de la prestación económica por incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes. También realizan actividades de prevención y recuperación. La adscripción es voluntaria por parte del empresario, que también puede optar por la Mutualidad correspondiente integrada en el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Cuando el empresario opte por formalizar la protección respecto de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades con una Mutua podrá, asimismo, optar porque la cobertura económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de ese mismo personal se lleve a efectos por la misma Mutua.

Organismos autónomos:
La gestión de la Seguridad Social en aspectos concretos es atribuida a determinados Organismos autónomos cuyas competencias no siempre son exclusivamente de Seguridad Social. El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE-INEM), Organismo autónomo con personalidad jurídica propia, tiene en el campo de la Seguridad Social las siguientes funciones: 1) Gestionar y controlar las prestaciones de desempleo. 2) Declarar el reconocimiento, suspensión, reanudación y extinción del derecho a las prestaciones de desempleo. En materia de prestaciones de desempleo actúa como una Entidad Gestora. Al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Organismo autónomo de carácter administrativo con personalidad jurídica propia, le corresponde la gestión, asesoramiento y control de las acciones técnico-preventivas dirigidas a la disminución de los riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Asimilación al alta:
En determinadas situaciones, aun no estando dado de alta, se considera al trabajador como si lo estuviera realmente a los efectos de poder recibir algunas prestaciones. Los trabajadores son considerados en situación de alta de pleno derecho a efectos de que les sea prestada la protección de la Seguridad Social por accidente de trabajo, enfermedad profesional y desempleo aunque el empresario hubiese incumplido su obligación de afiliarles y/o darles de alta. Igualmente se considerarán de pleno derecho en situación de alta a los exclusivos efectos de la asistencia sanitaria por enfermedad común, maternidad y accidente no laboral. Produce efectos equivalentes a los de alta la situación de los trabajadores despedidos que tengan pendiente de resolución, por la jurisdicción laboral, demanda por despido improcedente o nulo. La asimilación sólo se produce a efectos de asistencia sanitaria.

Control de fondos:
La Seguridad Social de España utiliza un sistema de control múltiple y en varios niveles para asegurar la correcta gestión de sus fondos. Una red de organismos internos y externos se supervisan entre sí. 1. Control Interno: La Intervención General El principal órgano de control interno es la Intervención General de la Seguridad Social (IGSS). Su función es crucial y actúa antes de que se realice el gasto. Función Interventora: La IGSS revisa cada acto, documento o expediente que pueda generar derechos u obligaciones económicas (gastos, pagos, inversiones) para asegurarse de que cumple con la ley y de que hay crédito presupuestario para ello. Si la IGSS no da su visto bueno ("interviene favorablemente"), el gasto no puede, en principio, ejecutarse. Control Financiero Permanente: Realiza auditorías continuas sobre la gestión de las distintas entidades de la Seguridad Social (como el INSS o la TGSS) para verificar que funcionan de manera correcta y eficiente. Auditoría Pública: Realiza auditorías a posteriori para evaluar la eficacia y eficiencia de los programas y la gestión económica. 2. Control Externo: El Tribunal de Cuentas Es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado. Es una entidad completamente independiente del Gobierno y rinde cuentas directamente ante el Parlamento español (las Cortes Generales). Fiscalización Externa: Una vez cerrado el año fiscal, el Tribunal de Cuentas analiza la Cuenta General de la Seguridad Social. Informe de Fiscalización: Emite un informe donde detalla si las cuentas reflejan la imagen fiel del patrimonio, si las operaciones se han realizado de acuerdo a la ley y si la gestión ha sido económica y eficiente. Si detecta irregularidades, puede exigir responsabilidades contables. 3. Control Presupuestario y de Tesorería Principio de Caja Única: Todos los recursos de la Seguridad Social se integran en un fondo único gestionado por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Esta centralización permite un control más estricto sobre los flujos de ingresos (cotizaciones) y gastos (prestaciones). Presupuestos Anuales: La gestión está sujeta al Presupuesto de la Seguridad Social, que se integra en los Presupuestos Generales del Estado y es aprobado anualmente por el Parlamento. Esto significa que el gasto máximo está limitado y definido por ley cada año. 4. Gestión del Fondo de Reserva (La "Hucha de las Pensiones") Aunque actualmente tiene un saldo muy reducido, la gestión del Fondo de Reserva ha sido un pilar de la sostenibilidad del sistema. Inversiones Reguladas: La ley regula de forma muy estricta en qué tipo de activos se puede invertir el dinero del fondo (principalmente deuda pública de alta calidad crediticia), priorizando siempre la seguridad y la liquidez por encima de la rentabilidad. Comités de Gestión y Seguimiento: Existen comités específicos que supervisan las inversiones y la disposición de los fondos, con participación de representantes de la administración, sindicatos y empresarios. 5. Transparencia y Control Parlamentario Publicación de Cuentas: Las cuentas anuales de la Seguridad Social son públicas y se pueden consultar a través del Portal de la Transparencia del Gobierno de España. Comisión del Pacto de Toledo: Es una comisión parlamentaria donde se debaten y acuerdan las grandes reformas del sistema de pensiones. Aunque no es un órgano de control directo, ejerce una supervisión política fundamental sobre la sostenibilidad y gestión a largo plazo del sistema. La correcta gestión se asegura mediante una cadena de controles: un control previo interno (IGSS), una gestión centralizada (TGSS), una limitación por ley (Presupuestos), una auditoría externa e independiente (Tribunal de Cuentas) y una supervisión política (Parlamento).

Tesorería de la Seguridad Social: Funciones:
Es la "caja" y el "departamento de administración de personal" del sistema de Seguridad Social español. 1. Inscripción y Afiliación Es la puerta de entrada al sistema. La TGSS se encarga de: Inscribir a las empresas: Asigna un Código de Cuenta de Cotización (CCC) a cada empresa o empleador para que puedan contratar trabajadores. Afiliar a los trabajadores: Asigna un Número de Afiliación (NAF) a cada ciudadano la primera vez que accede al sistema. Este número es único y para toda la vida. Gestionar las altas y bajas: Registra el inicio (alta) y el fin (baja) de la relación laboral de cada trabajador. Esto es fundamental para saber quién está cotizando y acumulando derechos en cada momento. 2. Recaudación de las Cotizaciones Recaudación en periodo voluntario: Cobra mensualmente las cuotas (las cotizaciones sociales) que pagan las empresas por sus trabajadores y las que pagan los trabajadores autónomos. Recaudación en vía ejecutiva: Si una empresa o autónomo no paga sus cuotas, la TGSS tiene la potestad de exigir la deuda por la fuerza. Esto incluye aplicar recargos, embargar cuentas bancarias, salarios, vehículos o inmuebles, y subastarlos para saldar la deuda. 3. Gestión Financiera (Principio de Caja Única) La TGSS centraliza todos los recursos económicos del sistema en lo que se conoce como el principio de caja única. Centralización de fondos: Todo el dinero recaudado por cotizaciones en toda España va a un único fondo común. Distribución de fondos: Desde esa caja única, se distribuye el dinero para pagar todas las prestaciones económicas del sistema (pensiones, incapacidades, etc.), que son gestionadas y reconocidas por otras entidades como el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Actúa como el tesorero central que unifica y gestiona todo el dinero del sistema para garantizar la solidaridad y el pago de las prestaciones. 4. Aplazamientos y Patrimonio Aplazamiento de deudas: Gestiona las solicitudes de empresas y autónomos con dificultades económicas para aplazar o fraccionar el pago de sus deudas con la Seguridad Social. Gestión del patrimonio: Es propietaria y administradora de un importante patrimonio inmobiliario (edificios de oficinas, locales, etc.) en toda España. Si la Seguridad Social fuera una gran empresa, la TGSS sería su departamento financiero y de recursos humanos: se encarga de dar de alta a los empleados (afiliación), gestionar sus nóminas (cotización), cobrar las facturas (recaudación) y administrar la cuenta bancaria principal de la compañía (caja única).

Bienestar | Sanidad | Pobreza | Vivienda | Globalización | Desigualdad | Desempleo | Desempleo 2 | Crisis económica | España: Crisis 2008 | Población | Emigración | Paraísos fiscales | Producción de alimentos en 2008


Inicio | Sociedad | Internet | Librecambio | Chomsky | Nacionalismo | Ayuda en Acción